Partido Revolucionario de los Comunistas de Canarias

Jurisdicción universal imperialista

In Actualidad on 17 junio, 2009 at 0:01

GarzonPP y PSOE han acordado modificar la ley española para restringir el principio de “jurisdicción universal” que los jueces de la Audiencia Nacional (antiguo Tribunal de Orden Público del fascismo) han venido estableciendo de forma profusa en los últimos años. Tal “principio” consiste en autoadjudicarse la capacidad de perseguir, juzgar y condenar a los autores de cualquier “crimen contra la humanidad” presuntamente cometido en cualquier parte del mundo.

Según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, los crímenes contra la humanidad o de lesa humanidad son los de asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución por motivos políticos, religiosos, ideológicos, raciales, étnicos u otros definidos expresamente, desaparición forzada, secuestro o cualesquiera actos inhumanos que causen graves sufrimientos o atenten contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

El acuerdo de PP y PSOE ha sido contestado inmediatamente desde IU y otros sectores progres, alegando que tal restricción a la jurisdicción universal impide “la defensa de los derechos humanos” en cualquier parte del planeta. Se sostiene así el mismo planteamiento de la Audiencia Nacional española que establece que esa defensa de los “derechos humanos” está por encima de consideraciones históricas y sociales y de la soberanía nacional de cada país.

Esta postura contradice los postulados internacionales de coexistencia pacífica, cuyo origen se remonta al 29 de abril de 1954, cuando la República Popular China e India firmaron un acuerdo sobre comercio y comunicaciones entre la región china de Tibet e India basado en cinco principios: 1) respeto mutuo por la integridad territorial y la soberanía de la otra parte; 2) no agresión mutua; 3) no interferencia en los asuntos internos de cada una de las partes; 4) igualdad y mutuo beneficio y 5) coexistencia pacífica. Estos principios aparecen hoy en muchísimos tratados y forma parte del derecho internacional.

No es solo que la “jurisdicción universal” que se da a sí misma la administración de justicia española sea una clara injerencia en los asuntos internos de otros países. Es que, “casualmente”, solo ha abierto causas contra personas e instituciones de países del Tercer Mundo, y nunca contra crímenes cometidos por los países imperialistas europeos. A estos los considera lo suficientemente “democráticos” para que no haga falta enmendarles la plana. En cambio, los países pobres son siempre sospechosos de “falta de democracia”.

Aunque a todos nos supiera a pastilla el procesamiento de Pinochet, por ejemplo, y la aplicación del principio de que “los crímenes contra la humanidad no prescriben” y de que las “leyes de punto final” no son válidas, es de un cinismo insuperable que tal procesamiento se pusiera en marcha desde un Estado incapaz de perseguir los crímenes contra la humanidad cometidos por sus nacionales durante más de cuarenta años: asesinato de demócratas, exterminio de rojos, deportaciones y desplazamientos forzoso, encarcelaciones, torturas, violaciones, persecución por motivos políticos e ideológicos, desaparición forzada, secuestro, robo de niños… Según la propia doctrina de la Audiencia Nacional, tales crímenes –muchos de cuyos autores aún viven– no han prescrito; y las leyes de amnistía no tienen validez jurídica contra este hecho. Sin embargo, militares golpistas, jueces fascistas y policías asesinos y torturadores siguen campando a sus anchas en el Estado español sin que su “justicia” (¡qué sarcasmo!) les cause la menor molestia.

El acuerdo entre PP y PSOE, lejos de corregir esta situación, se limita a tratar de minimizar los conflictos internacionales que semejante arrogancia de sus jueces les puede ocasionar. No en balde, se adopta inmediatamente después de la admisión a trámite de una querella contra varios ministros chinos alentada por defensores de los terroristas que han causado graves disturbios en Tibet. Y claro, por muy imperialista que uno sea, no es conveniente tocarle las narices a la República Popular China.

Mientras que la coexistencia pacífica es una postura de valor universal, democrático y antiimperialista, detrás del principio de “jurisdicción universal” no hay más que la estrategia imperialista de concederse el derecho a desestabilizar a los países que crea conveniente y de imponer su particular visión de los “derechos humanos”. Los pequeño burgueses “progresistas” que lo defienden actúan como meros corifeos del imperialismo, embebidos en un eurocentrismo fundamentado en la supuesta superioridad de la “democracia” blanca.

Como comunistas, estamos en contra de todos los crímenes contra la humanidad cometidos en todas partes del mundo, y exigimos el castigo a los culpables. Pero la justicia la debe imponer el pueblo de cada país, y no administrarla a su capricho las potencias imperialistas. Por eso mismo, seguimos exigiendo que los criminales de ese tipo que aún pululan por Canarias y por España sean procesados y condenados. Todo lo demás es pura hipocresía.

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