La Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conocida popularmente como Ley de Dependencia, se aprobó en diciembre de 2006, publicándose en el Boletín Oficial del estado (BOE) número 299 de 15 de diciembre.
Para poder ser beneficiario de los derechos que otorga esta ley, es necesario ser declarado “dependiente” tras ser evaluado en los servicios sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente y tener nacionalidad española o residir en el territorio estatal español.
Precisamos que las personas dependientes, son aquellas que requieren una ayuda importante de otras personas para realizar las actividades básicas y cotidianas de la vida diaria, que padecen esta situación permanentemente.
Con la Ley de Dependencia los beneficiarios tienen el derecho a una serie de prestaciones tales como servicios de teleasistencia, diferentes servicios de ayuda a domicilio y servicios de día y de noche.
Excepcionalmente, también se podrá obtener una ayuda económica para que las personas dependientes sean atendidas por cuidadores no profesionales, como los de su ámbito familiar.
Sin lugar a dudas, uno de los sectores sociales históricamente más desamparados en el Estado español ha sido el de las personas que viven con algún tipo de discapacidad física o psíquica. Y continúa siendo así, pese a que el gobierno de Zapatero presente esta ley como uno de sus mayores éxitos en materia social.
Como es natural en las sociedades capitalistas, este grupo social no es ajeno a la realidad clasista, por lo que los desamparados no son los discapacitados en general por tener unas capacidades diferenciadas del resto: son aquellas personas de clase trabajadora cuyas capacidades se encuentran mermadas de nacimiento o por algún accidente sufrido en el transcurso de su vida.
Son miles los trabajadores que por el terrorismo patronal, que los medios atemperan con el término “accidente laboral”, si corren la suerte de no perder la vida, tienen que abandonar su puesto de trabajo por haber disminuido su “productividad”.
En el fondo, lo que se obvia es lo más importante: las diferencias de clase. Pues es desacertado solidarizarse con “el discapacitado”, como si el hecho de tener alguna minusvalía sea del tipo que sea, convirtiese automáticamente al que la padece en una pobre alma desangelada.
Efectivamente, las personas discapacitadas podrán ser explotadoras o explotadas, dependiendo de su posición en las relaciones de producción, igual que lo son las personas que aparentemente conservan todas sus capacidades físicas o mentales.
Entendemos que precisamente las personas interesadas en beneficiarse de la Ley de Dependencia, son quienes pertenecen a la clase trabajadora.
¿Y cual es la realidad de la aplicación de esta ley en Canarias? Como viene siendo costumbre, estamos a la cola en el cumplimiento de las ayudas.
Según el SAAD-IMSERSO, Servicio de Estadísticas de la Subdirección General Adjunta de Valoración, Calidad y Evaluación, la situación a 1 de julio de 2009 es que se han recibido 20.375 solicitudes.
El número de dictámenes es de 14.676, y las prestaciones reconocidas son las siguientes:
– Prevención, Dependencia y promoción de la Autonomía Personal : O
– Teleasistencia: O
– Ayuda a Domicilio: O
– Centros de Día/Noche: 549.
– Atención Residencial: 891
– P.E. Cuidados Familiares: 2.172
– P.E. Asistencia Personal: O
Estos son sólo algunos datos extraídos de la fuente anteriormente citada. En términos absolutos e históricos, de un total de 22.440 solicitudes, 15.555 dictámenes de los que se desprende que hay 13.069 personas beneficiarias con derecho a prestación, la han recibido 3.762.
Encima no nos dejemos engañar: alrededor del 70% de las prestaciones que se dan en Canarias corresponden a los cuidadores no profesionales, que son las de menor cuantía.
En definitiva, mucho ruido y pocas nueces como sucede con las reformas “progresistas” de la socialdemocracia.
Luego hay quien culpa al gobierno autonómico, y con razón, de su responsabilidad a la hora de materializar la aplicación de las ayudas, pero es que por mucho que avance la ley, estamos hablando de unas medidas económicas y sociales insuficientes. ¿De qué vale que los beneficiarios sean el 100% de los solicitantes, si la ayuda que percibirán es insuficiente?